Aplausos y críticas a la ampliación del plazo para que los inmigrantes voten en las municipales
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la AMPLIACIÓN HASTA EL 25 DE ENERO DEL PLAZO DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO ELECTORAL de los inmigrantes con convenio de reciprocidad. Una decisión que ha sido alabada por algunos, pero también criticada por otros, como el Partido Popular (PP), que acusa al Gobierno de 'mala gestión'.
El secretario de Participación Social del PP, Rafael Rodríguez Ponga, cree que esta medida viene a paliar la 'improvisación' del Ejecutivo central, que no ha planteado en términos correctos la tramitación para que los extranjeros puedan votar.
'Nos parece una medida natural, como consecuencia del atasco por el problema de gestión con el que se han encontrado los extranjeros por el déficit de información y comunicación pública y unos retrasos en la tramitación. La gente se ha encontrado que terminaba el plazo y no había podido inscribirse en el censo', ha criticado.
El PSOE lo ve mejor. El secretario de Movimientos Sociales y relación con las ONG de esta formación, Pedro Zerolo, ha celebrado la decisión porque considera que se está resolviendo 'con celeridad y efectividad todas las incidencias que se están produciendo en un proceso que se celebra por primera vez en España'.
Y es que los problemas que se han ido detectando en el camino no han sido pocas. Por un lado, que el plazo inicial para la inscripción, que se prolongaba hasta el 15 de enero, incluia todos los festivos de Navidad, Año Nuevo y Reyes. Por otro lado, los certificados de residencia que deben emitir las comisarías de Policía tardaban en emitirse 25 días, tiempo que se redujo a un solo día después de que la Embajada de Ecuador planteara esta dificultad a la Junta Electoral.
Los convocados a las urnas son los nacionales de países de la Unión Europea y de los países extracomunitarios que han firmado un convenio de reciprocidad, que permitirá también a los ciudadanos españoles residentes en su territorio que puedan participar en las mismas condiciones en las Elecciones locales de los municipios en los que residen. Se trata de Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú. A ellos, se ha sumado el 13 de enero Cabo Verde.
El requisito más importante para poder votar es la inscripción en el Censo Electoral, que se puede realizar en la Oficina del Padrón de los ayuntamientos, en la página Web https://sede.ine.gob.es o a través de correo postal, respondiendo a las tarjetas que el INE envió a los ciudadanos comunitarios en octubre y los extracomunitarios en noviembre.
Los potenciales votantes extracomunitarios, nacionales de países con acuerdo de reciprocidad, deben haber residido legal e ininterrumpidamente en España durante al menos los últimos cinco años o bien contar con un permiso de residencia permanente. Si cumplen los años y no tienen este documento, deben pedirlo a las comisarías de Policía, que tiene orden de entregar el certificado de residencia en el acto.
Los ciudadanos de Noruega, Islandia y Nueva Zelanda sólo necesitarán tres años de residencia. Además, deben cumplir los mismos requisitos que los ciudadanos de la UE, es decir, estar empadronados, ser mayores de edad y registrarse en el censo.
Fuente: RedInmigrante.es